De la legislación canónica al Magisterio de la Iglesia
Por Reverendo Padre Carlos Manuel Abreu Frías
Secretario general adjunto CED
La promoción y apoyo a causales que atenten contra la vida además de ser inconstitucional es una injusticia contra quienes tienen derecho a vivir: ¡TODOS!
La legislación canónica, en el canon 1398, es clara al mencionar que las personas que han cometido el delito y quienes procuran el aborto incurren en excomunión latae setentiae (una pena automática, sin necesidad de declaración de una autoridad eclesiástica). Más aún, todos los que han cooperado positivamente en ello son irregulares para recibir órdenes sagradas (Código de Derecho Canónico, canon 1041,4°) o para ejercer las órdenes recibidas (canon 1044, 3°), estando reservada su dispensa en situación ordinaria a la Sede Apostólica (canon 1047, 2, 2°; 1047,3).
Cuando el canon habla de “todos los que han cooperado positivamente”, se ha de entender por cooperación positiva a la colaboración culpable en una acción pecaminosa de otra persona. El hecho de que un religioso ordenado “coopere positivamente” para promover el aborto lo hace igualmente culpable, pues está ayudando en la aprobación de un delito que atenta contra la vida. Vida que la Iglesia defiende de forma incondicional desde su concepción.
Para los religiosos, el canon 695 establece una penalidad especial: que debe ser expulsado el miembro que cometa uno de los delitos de los que tratan varios cánones entre ellos, el canon 1398″, arriba descrito. El parágrafo 2 del canon 695, expresa que en esos casos: “el Superior mayor, después de recoger las pruebas sobre los hechos y su imputabilidad, presentará al miembro la acusación y las pruebas, dándole la posibilidad de defenderse. Se enviarán al Superior general todas las actas, firmadas por el Superior mayor y por el notario, así como también las respuestas escritas del miembro y firmadas por él mismo”.
El magisterio de la Iglesia es claro al enseñar que el aborto es pecado grave, porque pone fin a una vida humana inocente (Carta Apostólica Misericordia et misera del Papa Francisco, n. 12 (20 de noviembre, 2016).
San Juan Pablo II en la Carta Encíclica Evangelium vitae, respecto de decisiones judiciales o leyes civiles que autorizan o promueven el aborto, en su número 73 declara que, en el caso de una ley intrínsecamente injusta, como una ley que permite el aborto o la eutanasia, nunca es lícito por tanto obedecerla, o ‘participar en una campaña de propaganda a favor de tal ley o votar por ella’”. En tal sentido, los cristianos tienen “una grave obligación de conciencia de no cooperar formalmente en prácticas que, aún permitidas por la legislación civil, son contrarias a la ley de Dios. En efecto, desde el punto de vista moral, nunca es lícito cooperar formalmente con el mal. Tal cooperación nunca puede ser justificada invocando el respeto a la libertad de otros o apelando al hecho de que la ley civil lo permite o lo requiere” (n. 74).
Recuerdo una carta dirigida por el entonces Cardenal Ratzinger, cuando era el Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, con ocasión de la reunión plenaria de la Conferencia de Obispos Católicos de Estados Unidos, celebrada en Denver del 14 al 19 de junio de 2004, expresando que respeto del grave pecado del aborto o la eutanasia, cuando la cooperación formal de una persona es manifiesta -entendida, en el caso de un político católico, como hacer campaña y votar sistemáticamente por leyes permisivas de aborto y eutanasia-, su párroco debería reunirse con él, instruirlo respecto de las enseñanzas de la Iglesia, informándole que no debe presentarse a la Sagrada Comunión hasta que termine con la situación objetiva de pecado, y advirtiéndole que de otra manera se le negará la Eucaristía. (Carta Dignidad para recibir la Sagrada Comunión. Principios Generales. Junio 2004).
Es de conocimiento para todos los cristianos que la vida que es un don que recibimos, un don inscrito en la misma naturaleza humana. El Beato Papa Pablo VI en su encíclica Humanae Vitae expresaba que “el hombre no puede hallar la verdadera felicidad a la que aspira con todo su ser, más que en el respeto de las leyes grabadas por Dios en su naturaleza y que debe observar con inteligencia y amor”. Continuar llevando a todos lo hogares esta catequesis es una tarea impostergable.
Como ven, tanto la normativa canónica como el magisterio de la Iglesia expresan claramente una postura a favor de la vida, e indican que cualquier acto que atente contra ella nos separa de la comunión eclesial y de Dios, autor de la vida. También nuestros obispos de la República Dominicana, en múltiples ocasiones, se han referido al tema; y en su último Mensaje del 27 de febrero, 2018, nos dicen “Debemos volver a recalificar el valor de la vida humana en todas sus dimensiones”. Así mismo indican, “Es imposible legislar en contra de la vida misma”. (Conferencia del Episcopado Dominicano. Mensaje: “La impostergable urgencia de vivir en valores”, n.12).